TS, Sala 1陋.
S.聽 de 19 de marzo de 2013
Ponente. Excmo. Sr. D. Francisco Mar铆n Cast谩n
El litigio versa sobre la responsabilidad por ruidos y vibraciones que transmite la circulaci贸n de los trenes de la l铆nea 6 de Metro de Madrid. La demanda se dirige frente la constructora de los edificios, las promotoras y Metro de Madrid, para que adopten las medidas necesarias para poner fin a esos ruidos y vibraciones que perturban la vida de los habitantes de los edificios. El JPI condena solidariamente a las demandadas, pues se sobrepasa los l铆mites establecidos y no se respeta la servidumbre de metro, por lo que adolecen de una deficiencia constructiva de origen perfectamente evitable. Las promotoras deben responder por aplicaci贸n del art. 17.3 de la LOE, la constructora por el art. 17.1 LOE y Metro de Madrid, por aplicaci贸n del art. 1908 CC.
La SAP desestima el recurso y estima en parte el de metro de Madrid. Esta s贸lo debe soportar la soluci贸n t茅cnica y colaborar en su ejecuci贸n aunque sean costeadas por las codemandadas.
La Sala desestima el recurso porque se encuentra probado que los profesionales de la construcci贸n saben o tienen que saber de la alarmante proximidad de la edificaci贸n a la l铆nea 6 del metro, pese a lo cual se despreocuparon de cualquier posible medida correctora de las perturbaciones que en el futuro puedan sufrir los habitantes de las viviendas que se propon铆an construir y vender. No es posible derivar responsabilidades ni al Ayuntamiento de Madrid por haber concedido la licencia ni al Consorcio de Transportes de la Comunidad de Madrid.