Indemnización de las aseguradoras de propietaria y arrendataria por un incendio en la nave industrial. Imposición de los intereses del artículo 20 LCS ante negativa injustificada al pago del principal

TS, Sala 1ª.

S.  de 18 de diciembre de 2012

Ponente. Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

La propietaria y arrendataria de una nave industrial reclamaron a sus respectivas compañías de seguro una indemnización con ocasión de la pérdida de las instalaciones de la nave asociada a la actividad de discoteca, a consecuencia del incendio producido ocurrido el 8 de junio de 1997. La primera en base al seguro que disponía como propietaria y la segunda por la actividad de discoteca. Las cuantías reclamadas, respectivamente, eran de 137.570 euros y 1.035.775 euros.

El JPI estima parcialmente la demanda y condena a las aseguradoras a la suma de 792.408 y 40.618,17 euros, por los daños materiales sufridos en el incendio de la nave industrial. Además condena a la compañía aseguradora de la arrendataria al interés legal previsto en el artículo 20 LCS desde el 7 de mayo de 2004 (fecha de la sentencia absolutoria penal). Y a la aseguradora de la propietaria al interés legal del artículo 1100 del CC.

La AP revoca parcialmente la sentencia acordando la condena de las aseguradoras de arrendataria en la cantidad de 521.635 euros y de la propietaria en la cantidad de 53.664,86 euros. En ambos casos, más los intereses legales desde el 25 de abril de 2007 y hasta el completo pago.

La Sala del TS estima en parte los recursos de casación condenando a la aseguradora arrendataria al pago del interés del artículo 20 LCS desde el día 19 de septiembre de 2005 (fecha de la sentencia penal absolutoria firme)  hasta el efectivo pago del principal, pues siempre pudo la aseguradora consignar o garantizar el pago de la cantidad que considerarse oportuno, por lo que estamos ante una negativa injustificada al pago.

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